Josué Moreno, un joven de 20 años residente en Alamar, fue detenido después de acudir a acompañar a su amiga de infancia, la creadora de contenido Anna Sofía Benítez Silvente, conocida como Anna Bensi, según denunció su familia. Su tía, Aymee Corominas, residente en Cutler Bay, en el sur de Florida, aseguró que policías fueron a buscarlo a su vivienda después de que permaneciera junto a otras personas en las inmediaciones del Tribunal Municipal de La Habana del Este. “Él estaba con un grupo de muchachos en lo de Anna Bensi. Él ni siquiera gritó nada en ese momento. Pero en la noche la policía fue a su casa y se lo llevó”, declaró. La denunciante añadió que también fueron arrestados varios de quienes habían estado con él, aunque ese testimonio no permite establecer cuántos fueron ni qué motivos legales se invocaron. Su relato plantea una pregunta que todavía necesita una respuesta documentada: ¿qué conducta concreta se atribuyó al joven para justificar que lo detuvieran después de acompañar a una amiga?

La familia sostiene que la liberación de Moreno llegó después de hacer pública la denuncia, pero acompañada de una sanción económica. “Ese mismo día que puse la denuncia a ellos lo soltaron en la tarde y les impusieron una multa de 600 pesos”, afirmó Corominas, quien había publicado su reclamación en Facebook el 3 de octubre. No obstante, la puesta en libertad no habría terminado con la preocupación familiar, pues la tía asegura que su sobrino continúa recibiendo llamadas y se encuentra atemorizado. “Está muy asustado porque lo están hostigando y llamando mucho”, expresó, sin aportar en la entrevista registros de esas comunicaciones ni identificar a todos sus interlocutores. Hasta donde permiten establecer las fuentes consultadas, no se dispone del documento de la multa, de su fundamento jurídico ni de una versión oficial sobre el caso de Moreno. Por ello, tanto el supuesto hostigamiento como la relación entre su presencia en el tribunal y el arresto deben presentarse como una denuncia familiar, no como hechos acreditados mediante una resolución pública.

El vínculo entre Moreno y Anna Bensi, según explicó Corominas, comenzó mucho antes de la notoriedad de la joven en las redes sociales. “Él conoce a Anna Bensi porque se criaron juntos, fueron a la escuela juntos”, señaló, y atribuyó su presencia en el tribunal a esa amistad de años. La jornada judicial del 1 de octubre también estuvo rodeada de denuncias de detenciones, vigilancia domiciliaria y restricciones de acceso formuladas por familiares, periodistas y activistas. Estos testimonios describen dificultades para quienes pretendían acompañar a la creadora de contenido y a su madre, Caridad Silvente, pero no permiten asumir que todas las personas presentes recibieran el mismo trato ni que exista una única causa formal para cada incidente. En el caso de Moreno, la familia interpreta lo sucedido como una consecuencia de haber mostrado solidaridad con alguien cercano. ¿Dónde estuvo el límite entre las medidas de seguridad de una audiencia y las restricciones a quienes buscaban expresar apoyo? La información disponible no ofrece todavía una explicación individualizada de las autoridades que permita resolver esa cuestión.

Para entender el contexto, es necesario distinguir el procedimiento contra Anna Bensi y su madre de la detención denunciada por la familia de Moreno. Ambas comparecieron ante el tribunal por una causa relacionada con la grabación y difusión de un video de un agente policial que acudió a su vivienda el 10 de marzo para entregar una citación. Al salir de la audiencia, Bensi declaró: “El tribunal concluyó que mi mamá y yo éramos culpables del delito y nos sentenciaron a dos años de limitación de libertad a cada una y realmente esto es una injusticia”. Su abogado, Roberto Ortega, explicó que el fallo escrito se emitiría aproximadamente quince días después y subrayó que existe una diferencia entre “la privación de libertad y la limitación de libertad”. Según precisó, esta última permite “una vida normal, pero con las disposiciones y regulaciones que establece la ley como la prohibición de salida del país”, y la sentencia podía ser apelada. Esa aclaración impide describir automáticamente la sanción como encarcelamiento o arresto domiciliario, y tampoco permite trasladar sus condiciones al joven que acudió a acompañarlas.

La posición oficial sobre la difusión de imágenes también forma parte del contexto, aunque no responde por sí sola a las preguntas sobre Moreno. En un mensaje difundido por medios estatales, sin mencionar expresamente este proceso, el Ministerio del Interior sostuvo que “un caso judicial no se decide en redes sociales” y que “grabar no es delito, difundir sin consentimiento puede serlo”. El texto defendió que la libertad de expresión no ampara la exposición de la intimidad ajena, mientras la causa contra Bensi se vinculó al artículo 393 del Código Penal, relativo a la intimidad, la imagen, la voz y los datos personales. Sin embargo, ese argumento sobre la publicación del video no explica cuál habría sido la infracción cometida por una persona que, de acuerdo con su familia, acudió a brindar apoyo. Corominas aseguró que seguirá denunciando cualquier incidente que afecte a su sobrino: “No me voy a callar en ningún momento porque Cuba nos duele a todos”. Entre esa reclamación familiar y la falta de documentación pública sobre su multa queda la cuestión central del caso: ¿qué garantías tienen quienes acompañan a una persona procesada para hacerlo sin enfrentar consecuencias cuya justificación desconocen?