Un jurado de Miami-Dade recomendó el martes 20 de octubre de 2026 la pena de muerte para Alberto Sierra, un cubano de 42 años que se declaró culpable de asesinar a su pareja, Gladys Machado, y a las dos hijas de ella en noviembre de 2012. Las víctimas fueron Machado, de 29 años, Julia Padrino, de seis, y Daniela Padrino, de tres, cuyos cuerpos fueron escondidos en un armario de la vivienda después de los homicidios. Los votos se emitieron por separado: 11 jurados respaldaron la pena capital por el asesinato de Machado, los 12 la recomendaron por el de Julia y ocho la apoyaron por el de Daniela, frente a cuatro que se opusieron. Aunque las tres votaciones alcanzaron el mínimo exigido por Florida, el resultado no constituye todavía una sentencia definitiva de muerte. La decisión corresponde a la jueza Marisa Tinkler Mendez, quien deberá valorar las circunstancias del caso y puede imponer la pena capital o prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional.

Los asesinatos ocurrieron el 10 de noviembre de 2012 en el barrio de Flagami, cuando Sierra y Machado atravesaban una separación. De acuerdo con la reconstrucción presentada durante el proceso, una discusión después de una salida a un centro comercial precedió al regreso a la vivienda donde se produjeron los ataques. La acusación sostuvo que Sierra inmovilizó y torturó a Machado para obtener las claves de su teléfono y después la asfixió con una bolsa de plástico. También admitió haber asfixiado a las dos menores, y los cuerpos permanecieron ocultos en un armario durante varios días antes de ser descubiertos. Estos hechos fueron examinados en una fase judicial dedicada a determinar el castigo, porque Sierra ya había reconocido su culpabilidad y no se estaba celebrando una nueva deliberación para decidir si era responsable de los asesinatos.

La Fiscalía y la defensa presentaron argumentos opuestos sobre la condena que debía recibir Sierra, sin que ello cambiara su declaración de culpabilidad. La fiscal principal, Abbe Rifkin, pidió la pena de muerte y destacó la gravedad de los homicidios y las pruebas expuestas ante los jurados. Por su parte, el abogado Khurrum Wahid solicitó prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional y pidió considerar la trayectoria del acusado, incluida una lesión cerebral sufrida durante su infancia. «Todavía pueden ejercer su criterio moral y elegir la vida», expresó Wahid, según la traducción de sus palabras durante el alegato final: “You still can exercise your moral clarity and choose life”. La intervención de la defensa planteó así la cuestión central de esta etapa: si las circunstancias personales presentadas como atenuantes justificaban evitar la ejecución pese a la gravedad de los crímenes.

La declaración de culpabilidad de Sierra, presentada el 7 de agosto, no fue resultado de un acuerdo con la Fiscalía para garantizarle una condena de prisión perpetua. Ese punto tuvo que aclararse ante la jueza después de que una conversación telefónica desde la cárcel generara dudas sobre lo que el acusado entendía que ocurriría con su caso. Cuando Tinkler Mendez le preguntó bajo juramento si sus abogados le habían prometido un resultado específico o un acuerdo para evitar la pena de muerte, Sierra respondió: «No, señora». El proceso también tuvo un episodio que reflejó la carga emocional de las pruebas: el 14 de octubre, un integrante del jurado fue apartado después de comunicar que tenía dificultades para dormir y que el juicio estaba afectándolo a él y a su familia. «Mi mente no descansa», explicó aquel jurado, quien no formó parte del grupo final encargado de recomendar el castigo.

La distinción entre recomendación y sentencia resulta fundamental para entender lo que sigue. El artículo 921.141 de las leyes de Florida exige unanimidad para establecer la existencia de al menos una circunstancia agravante que permita considerar la pena capital, pero requiere un mínimo de ocho votos para recomendarla. Cuando se alcanza ese umbral, la jueza conserva la facultad de escoger entre la muerte y la prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional, después de examinar los agravantes y las circunstancias atenuantes. Por ello, el resultado de ocho votos contra cuatro en el caso de Daniela cumple el requisito legal, aunque evidencia que los jurados no coincidieron de la misma manera respecto al castigo por cada víctima. La recomendación deja ahora una decisión pendiente ante el tribunal: ¿qué peso tendrán los argumentos de la defensa frente a los hechos acreditados para determinar la sentencia definitiva de Sierra?